Requisitos de acceso


De conformidad con el artículo 2.1 del Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, para acceder a las enseñanzas de idiomas de régimen especial será requisito imprescindible tener dieciséis años cumplidos en el año en que se comiencen los estudios.
Podrán acceder, asimismo, los mayores de catorce años para seguir las enseñanzas de un idioma distinto del cursado en la Educación Secundaria Obligatoria como Primera Lengua Extranjera.